• Proponer, conducir y evaluar los programas municipales de desarrollo social, así como los programas y las acciones específicas para el combate a la pobreza, la atención especial a grupos vulnerables y en desventaja y, en general, la superación de las desigualdades sociales;
• Impulsar la participación corresponsable de los grupos beneficiarios de los programas de desarrollo social en la toma de decisiones y la ejecución de acciones con relación a su propio desarrollo;
• Diseñar, concertar, ejecutar y dar seguimiento a los programas sociales en los ámbitos urbano para la atención de grupos específicos y sectores marginales, promoviéndose la participación de los sectores social y privado;
• Impulsar la igualdad de oportunidades de los grupos sociales vulnerables y en desventaja, para el acceso de los servicios de salud, a la educación, al trabajo, a una vivienda digna y a los servicios públicos básicos;
• Participar en la ejecución y supervisión de los programas sociales que el Gobierno Federal y Estatal desarrolle en el Municipio, de conformidad con los convenios de coordinación que se suscriban al efecto;
• Promover el abastecimiento de productos de consumo básico entre la población de escasos recursos o que ha sido afectada por desastres o fenómenos naturales;
• Participar, en el ámbito de su competencia, en la promoción de programas y acciones de asistencia social;
• Integrar y mantener actualizado el acervo informativo sobre la evolución de la pobreza en el Municipio y el impacto de los programas sociales en marcha, con objeto de evaluar y revisar las políticas de desarrollo social;
• Participar en la planeación, formulación y aplicación de programas de desarrollo sectorial, de conformidad con el Plan Municipal de Desarrollo;
• Promover las inversiones Pública y privada para el desarrollo social del Municipio, en coordinación con el Gobierno Federal y Estatal;
• Fomentar la construcción de obras de infraestructura y equipamiento para el desarrollo y el bienestar social, en coordinación y participación de los sectores social y privado;
• Promover la concertación de acciones en materia de desarrollo social con la Federación y el Estado y las organizaciones sociales de todo tipo;
• Diseñar y promover políticas y programas para la atención de las micro sectores con índices de mayor marginalidad relativa en el Municipio;
• Ejecutar los planes de desarrollo y los convenios de desarrollo social celebrados con la Federación , el Estado y grupos sociales, así como las obras de desarrollo social que favorezcan a las comunidades, en el marco del Programa de Obra Públicas;
• Planear, promover y ejecutar acciones tendentes a propiciar la participación de la mujer en la vida económica, social y cultural del municipio, fomentándose la equidad de género en toda actividad;
• Elaborar y presentar al Presidente Municipal el proyecto del Programa Operativos Anuales y, aprobado éste, llevar a cabo las acciones necesarias para su ejecución;
• Diseñar, proponer y ejecutar la política Municipal de atención a la juventud, promoviéndose la adopción de políticas en materia de educación sexual, prevención de enfermedades, oportunidades de empleo y lucha contra las adicciones y la delincuencia;
• Organizar, coordinar y vigilar el funcionamiento los centros de atención a personas con problemas de drogadicción;
• Promover y, en su caso, realizar conferencias, congresos, convenciones, actos, competencias y concursos de carácter social;
• Promover esquemas de participación de asociaciones públicas, privadas y de la sociedad en general para el desarrollo social del municipio;
• Diseñar y promover la política editorial del sector social y proponer directrices en relación con las publicaciones del mismo;
• Atender y desarrollar las responsabilidades en materia de salud Pública;
• Establecer y administrar los programas de atención médica, salud Pública, asistencia social a la comunidad que no cuente con este servicio;
• Intervenir en la celebración de convenios que en materia de salud suscriba el Municipio con la Federación, con el Estado o con organismos internacionales y vigilar su cumplimiento;
• Celebrar, cuando así lo acuerde el Presidente Municipal, convenios con el Gobierno Federal o con el Estado sobre coordinación de servicios sanitarios;
• Administrar los recursos que le sean asignados, las cuotas de recuperación;
• Vigilar y supervisar la organización, funcionamiento y cumplimiento de las normas técnicas en las dispensarios médicos públicos municipales o privado;
• Realizar campañas tendentes a prevenir y erradicar enfermedades transmisibles y epidemias en Municipio, coordinándose, en su caso, con las autoridades federales y Estatales competentes para ello;
• Auxiliar a la población, en el ámbito de su competencia, en caso de desastres y fenómenos naturales;
• Proponer al Presidente Municipal las políticas y los programas de coordinación con las autoridades federales y Estatales en materia de salud, prevención específica, atención médica especial y asistencia social;
• Estudiar e instrumentar, en concurrencia con las autoridades federales y Estatales y con la participación de la sociedad, las medidas para combatir el alcoholismo, la drogadicción y otros vicios sociales;
• Integrar un acervo de información y documentación que facilite a las autoridades e instituciones competentes, la investigación, estudio y análisis de ramas y aspectos específicos en materia de salud;
• Organizar seminarios, congresos, conferencias y demás actos análogos en materia de salud y de asistencia;
• Coordinar las entidades que determine el Presidente Municipal de acuerdo a la materia de su competencia;
Las demás que le señalen las leyes, reglamentos y otras disposiciones jurídicas, así como las que le encomiende el Presidente Municipal con relación a sus competencias.