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I.Estructura orgánica, atribuciones de las dependencias y entidades por unidad administrativa y servicios que prestan;
Atribuciones de la Secretaría de Administración e Innovación Gubernamental

A la Secretaría de Administración e Innovación Gubernamental, además de las atribuciones que le confieren las leyes aplicables, le corresponde el despacho de los siguientes asuntos:

•  Dictar las medidas administrativas para el ingreso, selección, contratación, inducción, capacitación y control administrativo del personal de la Administración Pública Municipal, así como procurar el mejoramiento de sus condiciones económicas, sociales, culturales y de trabajo;

•  Tramitar los nombramientos, promociones, remociones, cambios de adscripción, ceses, renuncias, vacaciones, licencias, bajas y jubilaciones de los servidores públicos del Municipio, así como expedir las credenciales o constancias de identificación de los mismos;

•  Observar las disposiciones de la ley que rige las relaciones entre el Municipio y sus servidores públicos; y representar conjuntamente con la Secretaría del Ayuntamiento al Presidente Municipal ante las autoridades de impartición de justicia laboral, cuando se instauren procedimientos en torno a los derechos de los trabajadores del Municipio;

•  Elaborar y Mantener actualizado el Manual de Escalafón y el Tabulador de Sueldos de los servidores públicos del Municipio, así como administrar y regular el otorgamiento y pago de pensiones, de igual forma establecer el mecanismo para crear el sistema de reemplazo de los servidores públicos municipales en primer, segundo y tercer nivel de la Administración Pública Municipal;

•  Elaborar y vigilar el cumplimiento de las condiciones generales de trabajo de los servidores públicos del Municipio;

•  Gestionar becas, estímulos y promover actividades socioculturales y deportivas para los servidores públicos del Municipio, en coordinación con la Dirección de Desarrollo Social y la Dirección de Educación Cultura y Deporte;

•  Proporcionar la información, cooperación técnica y logística de carácter administrativo, que le sea requerida por otras dependencias o por entidades de la Administración Pública;

•  Dictar medidas administrativas para la distribución y aprovechamiento de los espacios físicos de las oficinas de las dependencias municipales;

•  Elaborar y presentar al Presidente Municipal el proyecto del Programa Operativo Anual y, aprobado éste, llevar a cabo las acciones necesarias para su ejecución;

•  Las demás que le señalen las leyes, reglamentos y otras disposiciones jurídicas, así como las que le encomiende el Presidente Municipal con relación a sus competencias;

 •  Formular e implantar, por sí o a través de terceros, estudios y programas de mejoramiento encaminados a la modernización, simplificación, desconcentración, descentralización y desregulación administrativa de las dependencias y entidades de la Administración Pública Municipal;

•  Ana lizar y dictaminar las estructuras orgánico-funcionales de las dependencias y entidades públicas, en coordinación con las Direcciones, para los efectos presupuéstales correspondientes;

•  Emitir las normas y lineamientos que deben observar las dependencias y entidades en la formulación de sus manuales administrativos y, en su caso, autorizar los mismos, previo acuerdo con el Presidente Municipal;

•  Administrar la Red Municipal de Comunicaciones de voz y datos, coordinándose para tal efecto con las instancias municipales y particulares que se requiera;

•  Analizar las necesidades de información de las diferentes dependencias y entidades, con objeto de hacer más eficiente y optimizar los sistemas actuales; y proponer, desarrollar y ejecutar por sí o a través de terceros, proyectos estratégicos de información con tecnología de punta en sistemas y telecomunicaciones;

•  Emitir dictamen para la adquisición de equipo de procesamiento electrónico de datos y coordinar el otorgamiento de los servicios que en la materia requieran las distintas dependencias y entidades de la Administración Pública.

 


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